Agentes de la Comandancia de Mandamientos Judiciales y Ministeriales de la Fiscalía General del Estado, dieron cumplimiento a una orden de aprehensión según causa penal 239/2013, con fecha de resolución de 23 de agosto de este mismo año, dictada por el Juez Cuarto Penal en contra de Carlos Rubén Antonio Solís Canul, de 44 años de edad, como probable responsable del delito de corrupción de menores e incapaces en agravio de una menor de 13 años de edad.
Dicho delito se encuentra previsto y sancionado con pena privativa de la libertad por el artículo 208 del Código Penal del Estado en vigor y en la denuncia interpuesta el 18 de mayo de 2012 por C.M.P.B., madre de la menor agraviada, ésta señala que los hechos se suscitaron el 14 de mayo de ese mismo año cuando se percató de que su hija de 13 años no se encontraba en su domicilio, siendo inusual dicho comportamiento, ya que siempre pide permiso para salir.
Después de buscar con parientes y amigos con resultados negativos, uno de sus hermanos abrió el facebook de su hermanita y vio un mensaje en el que se había citado a las cuatro de la tarde en una plaza comercial con un amigo, por lo que contactaron con dicho joven y en conjunto se dirigieron a dicha plaza del norte de la ciudad en donde esperaron hasta que ella llegara, regresándola a su casa, aunque ella se veía asustada y se negaba a hablar.
Tres días después y mostrando sentimientos de culpa y vergüenza, la menor decidió confesar lo que había sucedido, indicando que el día de los hechos había aceptado salir con un sujeto al que conoció en la congregación religiosa a la que asiste con su familia.
Previamente, la menor había pensado escaparse para asistir a una pijamada a casa de una amiga, a la que dicho individuo se ofreció a llevarla, aunque al final la condujo a un hotel de paso bajo engaños, llevándola después de ese hecho a la referida plaza e instándola a que no dijera nada de lo sucedido a nadie.
Por lo anterior, la madre de la menor procedió a levantar la averiguación previa 199/21ª/2012, iniciándose la indagatoria que generó la correspondiente orden de aprehensión que agentes ministeriales dieron por cumplida cuando localizaron a Carlos Rubén Solís en la carretera Conkal-Mérida, de donde se le trasladó al área de seguridad de la dependencia y posteriormente se le turnó al Centro de Reinserción Social del Estado para el proceso correspondiente.
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