miércoles, 27 de mayo de 2009

EMITE CODEY RECOMEDACION A SEP


La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (CODHEY) emitió la recomendación General de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno del Estado de Yucatán por el cúmulo de gestiones por presuntas violaciones a Derechos Humanos originado por el cobro de cuotas de colaboración a padres de familia, como un condicionante para el acceso a la educación en escuelas públicas de la entidad.
El presidente de la CODHEY, Jorge Victoria Maldonado, explicó que la Recomendación General fue motivada por las recurrentes quejas presentadas por padres de familia afectados, que desde 2007 a la fecha suman más de 30 por el mismo hecho.
Victoria Maldonado consideró que la Secretaría de Educación está sensibilizada con el tema, por lo que espera puede repercutir en todos los centros educativos de nivel básico.
En conferencia de prensa, consideró que ahora que finaliza el ciclo escolar, es un buen momento para difundir el contenido de la Recomendación para recapitular e iniciar el nuevo periodo con nuevas políticas.
En la conferencia de prensa estuvieron presentes la Visitadora General, Aracelly González Mendicuti y el encargado de la investigación para la elaboración de la Recomendación General, Goefredo Angulo López.
La CODHEY examinó los elementos contenidos en los expedientes de gestión relacionados con la comisión de actos señalados por los afectados, consistentes en violación al Derecho a la Educación y No discriminación, atribuidos a directores y docentes de los niveles de educación básica del Estado de Yucatán.
Este Organismo Público Protector de los Derechos Humanos señala lo anterior toda vez que advierte que el cobro de cuotas en las escuelas públicas, por su generalidad, ha adquirido una fuerza de obligación, ante la cual la gran mayoría de los afectados se someten, muchas veces por el temor al mero rechazo social que implica el ser exhibido ante la comunidad o, lo que es más grave, dichas cuotas se cumplen porque la propia autoridad escolar, velada o abiertamente, condiciona la inscripción de los alumnos y alumnas al pago las mismas.
En uno u otro caso, tanto los educandos como sus ascendientes resultarán afectados de algún modo, ya que si cubren dichas cuotas se desnaturalizará el concepto de la educación gratuita, pero si no las cubren, aunque se reciba la educación, los disidentes quedarán marcados por su insolvencia económica o su omisión.
A pesar de que la Constitución establece claramente que “toda la educación que el Estado imparta será gratuita”, en la realidad, prevalece la exigencia del personal administrativo o docente de las escuelas públicas en el Estado, que en algunos casos, requieren el cobro de cuotas escolares de manera obligatoria para que los alumnos continúen con sus estudios.
Por ello, se requiere establecer la prohibición de cuotas escolares condicionadas a la preinscripción o inscripción de niñas, niños y adolescentes a los ciclos escolares correspondientes.
Tal prohibición debe entenderse únicamente cuando las madres o padres de familia sean condicionados contraviniendo los derechos de sus descendientes, o cuando se exija algún tipo de cuota obligatoria, y no la aportación voluntaria que cada quien desee realizar, ya sea con trabajo comunitario o con el pago de alguna cantidad de dinero para la contribución de mejoras en las instalaciones escolares.
Es preciso señalar que la CODHEY ha realizado esfuerzos para prevenir estas violaciones a través de cursos, talleres, ediciones de libros sobre derechos humanos básicos del niño, dirigidos al personal del Sistema Educativo, además de haber solicitado la implementación de una Medida cautelar para evitar el cobro obligatorio de cuotas indebidas y la consecuente retención de documentos cuando no se cubren los pagos de las cuotas; pero por lo repetitivo y generalizado de esas conductas, tenemos que presumir que estas prácticas se seguirán dando en nuestra entidad a menos que se adopten las medidas y las acciones contenidas en esta Recomendación General.

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