El Consejo General del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública, aplicó multas equivalentes al monto de 51 salarios mínimos vigentes en el Estado, a los ayuntamientos de Acanceh, Tahdziú e Ixil, debido a que cuando se realizaron las visitas de verificación sus unidades de acceso a la información no se encontraban en funciones.
Dichas sanciones fueron aplicadas con fundamento en los artículos 28 fracción I y 34 fracción XII de la Ley de la materia, así como el ordinal 57 A de la propia norma, con base en los elementos y pruebas que obran en autos. Los sujetos obligados incurrieron en la infracción prevista en la fracción II del artículo 57 C de la ley de la materia.
Dichas multas que representan tres mil ciento treinta pesos con treinta y ocho centavos m.n. deberán ser pagadas ante la Secretaría de Administración y Finanzas del Estado de Yucatán, acorde al convenio de colaboración administrativa, celebrado entre la extinta Secretaría de Hacienda y el Instituto.Los Consejeros Álvaro Traconis Flores, Víctor May Vera y Miguel Castillo Martínez, quienes fueron ponentes de estos casos, ordenaron efectuar las notificaciones respectivas conforme a derecho corresponda, en lo concerniente al Sujeto Obligado, a través de los presidentes municipales, como representante legal, conforme a los numerales 25 y 36 del Código de Procedimientos Civiles de Yucatán, de aplicación supletoria acorde a los previsto en el diverso 57 J de la Ley de la materia, y en lo que respecta a la Secretaria Ejecutiva del Instituto por oficio.
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