Entre el 1 de agosto y el 31 de octubre de 2013, estará en vigor el período de veda para la captura de las especies de langostino (Macrobrachium americanum) y chacal (Macrobrachium tenellum) en aguas continentales de jurisdicción federal de la vertiente del Océano Pacífico.
Lo anterior con base en el Acuerdo por el que se establecen épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas continentales de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2010.
La captura de langostino por su volumen se encuentra posicionada en el lugar 36 de la producción pesquera total en México, alcanzando un volumen anual cercano a las 3,000 toneladas; sin embargo, por su valor, lo encontramos ubicado en el lugar 18 de la producción pesquera nacional con un valor de poco más de 150 millones de pesos.
Los estados de Guerrero, Campeche, Colima y Nayarit son los principales productores en el Litoral del Pacífico.
se realiza con ayuda de trampas y acachales (nasas artesanales) que se colocan en los cursos de las corrientes de los ríos y arroyos, en profundidades inferiores a los dos metros, los organismos son comercializados frescos enteros en mercados locales, regionales y nacionales.
Con la aplicación de esta veda, la CONAPESCA cumple con la función de proteger a estas especies durante la temporada de desove intensivo y reproducción biológica, con la finalidad de mantener la pesquería en adecuados niveles de aprovechamiento, en beneficio del sector y de la sociedad.
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