jueves, 11 de agosto de 2011

Aprehendido por robo







Elementos adscritos a la Comandancia de Mandamientos Judiciales y Ministeriales, de la Fiscalía General del Estado, dieron cumplimiento a la orden de aprehensión 1012/2011 emitida por el Juez Primero Penal en contra de RICARDO MARCOS FLORES ORTEGA, de 30 años de edad, acusado del delito de Robo, querellado por Rigel Eugenio Palomino López e imputado por la Representación Social.
En la causa penal se asienta que el hoy indiciado trabajaba como cajero en la empresa “Automotriz Toy del Sureste Sociedad Anónima de Capital Variable y que Fernando Javier Pérez Ruiz, en su carácter de apoderado de la empresa, señaló que los hechos ocurrieron a mediados del año 2007, al percatarse que el hoy indiciado no hacía los depósitos diarios correspondientes a los ingresos de las ventas realizadas.
Ante la inquietud de que Flores Ortega pudiera realizar algún negocio ilícito con las ganancias de las ventas de la empresa, debido a que se atrasaba mucho con la entrega de los depósitos y de las fichas que recibía de las Instituciones Bancarias en donde la empresa tenía sus cuentas crediticias, decidió notificar a sus superiores sus sospechas.
En la comparecencia se indica que el contador de la empresa, al realizar los cortes de caja de las fechas del 4 al 7 de septiembre del mismo año y efectuar los arqueos correspondientes, descubre un faltante en total por la cantidad de 607 mil 264 pesos, lo que comunican a su empleado para que dé razón de los hechos, ante lo cual el inculpado argumentó tener la cantidad en su poder, y se comprometió a entregarlo la tarde del mismo día en que fue enterado del faltante en efectivo.
Sin embargo, Flores Ortega no cumplió con su compromiso de devolver el dinero, y los comparecientes manifestaron que su trabajador nunca se comunicó con ellos, por lo que decidieron demandarlo ante el Ministerio Público.
El indiciado fue localizado por los Agentes Ministeriales cuando caminaba sobre el anillo periférico carretera a Dzityá, para proceder a cumplir la orden de aprehensión que girara el Juzgado Primero en su contra, y su posterior remisión al CE.RE.SO

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